Abandono del estatus de Residente Permanente Legal

HomeBlogAbandono del estatus de Residente Permanente Legal

Looking for a Specific Post?
Search Below.

abril 11, 2017

Abandono del estatus de Residente Permanente Legal

Antes de hacer las maletas para viajar al extranjero como residente permanente legal (titular de la tarjeta de residencia permanente), asegúrate de comprender completamente los problemas de abandono que puedan surgir.

¿Qué es el abandono?

Puedes perder tu estatus de titular de la tarjeta de residencia permanente si la abandonas intencionadamente o permaneces fuera del país durante un periodo superior a 180 días.

¿Qué significa esto? Esto significa que podrías ser sometido a un proceso de deportación.

No hay exenciones para abandono y se queda contigo para siempre. Sin embargo, puedes reemigrar a Estados Unidos si eres elegible.

¿Cuándo surgiría esto?

Los problemas de abandono pueden surgir cuando solicitas la naturalización (N-400) o cuando vuelves a entrar en Estados Unidos tras un largo viaje al extranjero.

¿Quién decide si he abandonado mi estatus de residencia permanente?

Solo un juez de inmigración puede determinar el abandono del estatus de residente permanente. Por lo tanto, debes estar en un proceso de expulsión para que se determine que has abandonado tu estatus de residencia permanente.

Factores a considerar para decidir si has abandonado tu estatus

Algunos de los factores que se tienen en cuenta para decidir si has abandonado tu estatus incluyen:

  • No presentar tus declaraciones de la renta mientras vives en el extranjero
  • Vivir fuera de Estados Unidos durante un largo periodo de tiempo
  • Intención de mudarme al extranjero y vivir allí de forma permanente
  • Lazos familiares y comunitarios con Estados Unidos
  • Estado laboral en EE. UU.
  • Lazos comunitarios con Estados Unidos
  • Propiedades en Estados Unidos

Viajar fuera de Estados Unidos

La ley relevante respecto a los viajes fuera de Estados Unidos establece lo siguiente:

“Un extranjero admitido legalmente para la residencia permanente en Estados Unidos no será considerado como buscando admisión en Estados Unidos a efectos de las leyes migratorias, a menos que el extranjero… haya abandonado o renunciado a ese estatus O… haya estado ausente de Estados Unidos durante un periodo continuo superior a 180 días….”

La normativa del Departamento de Seguridad Nacional especifica que deben presentarse las siguientes pruebas para que un extranjero pueda calificar como residente que regresa:

  • El extranjero era un residente permanente legalmente admitido en Estados Unidos en el momento de su partida
  • En el momento de la partida, el alienígena tenía la intención de regresar a Estados Unidos
  • Mientras residía en el extranjero, el extranjero no abandonó la intención de regresar a Estados Unidos y
  • El extranjero regresa de una residencia temporal en el extranjero que no debe exceder los 180 días, o si la estancia fue prolongada, esto se debió a razones ajenas al control del extranjero.

Hay un permiso de reentrada (I-131) disponible si estás fuera más de un año pero menos de 2 años. Además, una visa de residente que regresa (SB-1) está disponible si estás fuera más de 1 año o más allá de la validez de tu permiso de reingreso. Pero aún así puede que te denieguen la entrada incluso si tienes un permiso de reentrada o una visa SB-1.

Abandono voluntario

También puedes renunciar voluntariamente a tu estatus de titular de la tarjeta de residencia permanente. Algunos pueden querer hacerlo por motivos fiscales o de viaje, o simplemente porque tienen la intención de vivir permanentemente en el extranjero. Para ello se utiliza el formulario I-407.

Es importante hablar con un abogado sobre tus opciones y preocupaciones. Aquí, en el Despacho Legal de Marron Gebremeskel, PLLC, podemos revisar tu situación migratoria específica. Contáctanos hoy mismo para hablar sobre tu caso.

Estamos aquí para servirle.

Let’s Move Forward Together

Schedule a consultation today and take the first step with
a team that puts your story at the center of everything we do.

We’ll help you explore pathways to a brighter future.

Call Us Today!

Call Us: 832-786-5527

Review Background Images

¡Más de 60 reseñas
de cinco estrellas!